CONTESTA D’UNA CONSULTA TRIBUTÀRIA ESCRITA

CONTESTACIÓN DE UNA CONSULTA TRIBUTARIA ESCRITA VINCULA A LOS AYUNTAMIENTOS

Dirección General Tributos

CV 2258-18

27 de julio de 2018

Planteada por el contribuyente  una consulta tributaria a la Dirección General de Tributos, toda vez contestada la misma, se solicita su reconocimiento ante el Ayuntamiento, el cual lo desestima alegando que no vincula a las Administraciones Locales la contestación por parte de la Dirección General de Tributos.

La Secretaría de Estado de Hacienda, considera en aplicación de los artículos  5 y  89 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, que las contestaciones a las consultas tributarias escritas tienen efecto vinculantes para los órganos y entidades de la Administración Tributaria de las Entidades Locales.

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