 
                        EXENCIÓN EN EL ITPAJD PARA ARRENDAMIENTOS DE INMUEBLES
	18 marzo, 2019
																			
																	
Con la entrada en vigor el día 6 de marzo de 2019 del Real Decreto Ley 7/2019 de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda y Alquiler, queda finalmente establecida la exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD), respecto a los inmuebles para uso estable y permanente.
Inmuebles definidos en el artículo 2º de la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos, cuando su destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
Recordemos que con fecha 14 de diciembre de 2018, se aprobó la citada exención, que fue derogada con fecha 21 de enero de 2019 y que finalmente ha quedado aprobada con el presente Real Decreto Ley 7/2019.


